“Cualquier persona (física o moral), que le ocasioné un daño a otra persona (el tercero), ya sea en su persona, sus bienes o su patrimonio, tiene la obligación legal de reparar el daño causado.”
El pasado 22 de julio del presente año, una explosión por acumulación de gas registrada en una rosticería ubicada en la colonia Hipódromo Condesa, en la alcaldía Cuauhtémoc, dejó como saldo dos personas gravemente lesionadas, además de importantes daños estructurales en el establecimiento y en vehículos cercanos.
El incidente ocurrió porque un trabajador habría encendido la luz en el sótano del inmueble sin percatarse de una posible fuga de gas en un tanque de 20 litros. Según reportes preliminares de los cuerpos de emergencia, esto provocó un estallido inmediato que afectó tanto al empleado como a un cliente que se encontraba en el lugar.
Afortunadamente, sólo fueron daños materiales, no hubo pérdidas de vida, pero si dos lesionados que necesitaron de atención médica de manera inmediata, pero ¿qué hubiera pasado si la explosión hubiese ocasionado muerte de comensales, transeúntes, daños más severos al inmueble y a los autos que pasaban por el lugar?
Con fecha de 2 de enero del 2002 se modificó el artículo 40 y se adicionó el artículo 150 bis de la LSCS y el 24 de abril del 2006 se reformó el artículo 145 del mismo ordenamiento, creando así el marco legal para los seguros de Responsabilidad Civil de carácter obligatorio.
De conformidad con el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos señalados, estos seguros tienen una finalidad social, al implementar esquemas obligatorios de protección para los terceros que soporten un daño por culpa de los asegurados que en el ejercicio de una concesión, permiso o licencia otorgada y regulada por el Gobierno les causen.
Se impone a las instituciones de seguros, la obligación de pagar las indemnizaciones hasta las sumas aseguradas pactadas en los contratos o en su caso las señaladas por las disposiciones jurídicas involucradas.
Se están requiriendo en el mercado seguros obligatorios diferentes a los de RC, como los son los de Daños, Vida y Gastos Médicos Mayores, sin que tengan un marco legal de referencia y que están contemplados por diversas disposiciones administrativas.
Lo referente a la explosión ocasionada por la fuga de gas en el negocio nos deja una reflexión importante en cuanto a la protección que deben tener los negocios para primero atender este tipo de daños y segundo, poder reestablecer nuevamente el lugar para dejarlo en las condiciones en las que estaba antes del daño ocasionado por la explosión.
Esta obligación es la razón principal por la que los seguros de responsabilidad civil son tan importantes, ya que transfieren este riesgo financiero a una aseguradora, protegiendo tu patrimonio en caso de que ocurra un siniestro.
La Ley Sobre el Contrato de Seguro en México (LSCS) establece el marco general para todos los contratos de seguro, incluidos los obligatorios de Responsabilidad Civil. Aunque la LSCS no detalla explícitamente las características específicas para cada tipo de seguro obligatorio de RC (ya que estos son regulados por leyes especiales para cada actividad, como la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para el seguro de auto, o las leyes de establecimientos y protección civil en la CDMX para negocios), sí sienta las bases sobre cómo deben operar estos seguros.
A partir de la LSCS y la naturaleza de los seguros obligatorios de RC, las características esenciales que deben tener son:
- Cobertura de Daños a Terceros:
- Daño Material: Debe cubrir los daños causados a los bienes de terceros (vehículos, inmuebles, mobiliario, etc.).
- Daño Corporal: Debe cubrir las lesiones corporales e incluso la muerte de terceros (incluyendo gastos médicos, indemnizaciones por incapacidad, daño moral y gastos funerarios).
- Perjuicios: En algunos casos, puede cubrir el lucro cesante (ganancias que el tercero dejó de percibir a causa del daño).
- Suma asegurada mínima: Las leyes que establecen la obligatoriedad de un seguro de RC suelen fijar un monto mínimo de suma asegurada. Esto es crucial porque garantiza que la indemnización ofrecida sea suficiente para cubrir los daños más comunes y graves. Por ejemplo, el seguro de Autos obligatorio tiene una suma asegurada mínima establecida por la ley. En el caso de los establecimientos mercantiles, las autoridades de la CDMX (como Protección Civil) pueden establecer montos mínimos para el seguro.
- Vigencia definida: Como cualquier contrato de seguro, debe tener una fecha de inicio y fin de cobertura claramente establecidas en la póliza. Para los seguros obligatorios, es fundamental que la vigencia se mantenga mientras la actividad que genera la obligación esté activa.
- No cancelable unilateralmente por el asegurado (en ciertos casos): En algunos seguros obligatorios (como el de Autos obligatorio), la ley puede establecer que no pueden cesar en sus efectos, rescindirse o darse por terminados con anterioridad a la fecha de vigencia, a menos que se cumplan condiciones muy específicas, precisamente para garantizar la continuidad de la protección a terceros.
- Entrega de póliza: la aseguradora está obligada a entregar al contratante una póliza donde consten claramente los derechos y obligaciones de ambas partes, así como:
- Nombres y domicilios de los contratantes.
- Designación de la cosa o persona asegurada (ej. el inmueble del restaurante, la actividad del negocio).
- Naturaleza de los riesgos garantizados (ej. responsabilidad civil por operación del negocio, incendio, explosión, intoxicación alimentaria).
- Momento de inicio y duración de la garantía.
- Monto de la garantía (suma asegurada).
- Cuota o prima del seguro.
- En su caso, la mención específica de que se trata de un seguro obligatorio (Artículo 20, fracción VII de la LCS).
- Principio indemnizatorio: El seguro de RC es un seguro de daños, lo que significa que la indemnización busca resarcir el daño causado, no enriquecer al tercero. La aseguradora responde solo por el daño causado hasta el límite de la suma asegurada.
- Subrogación de derechos (en caso de pago al tercero): Si la aseguradora paga al tercero afectado por un daño cubierto por la póliza, esta se subroga en los derechos que el tercero tendría contra el asegurado, lo que significa que la aseguradora puede repetir el pago si el daño fue causado por dolo o culpa grave del asegurado (aunque esto es complejo en la RC).
- Condiciones generales claras y aprobadas: Las condiciones generales de la póliza deben ser claras, comprensibles y estar registradas y aprobadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), para garantizar la transparencia y proteger al asegurado.
- Procedimiento de reclamación: Debe establecerse un procedimiento claro para la reclamación de siniestros, incluyendo los plazos para la notificación y para que la aseguradora pague o rechace la indemnización.
¿Es obligatorio contratar un seguro si tengo un negocio en la CDMX?
La respuesta es Si.
En la CDMX, varios tipos de negocios están obligados a contratar un seguro de RC, con base en las leyes de Establecimientos Mercantiles y de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX se obliga, especialmente aquellos inmuebles y establecimientos clasificados como de mediano y alto riesgo, o que requieran un Programa Interno de Protección Civil.
Esto incluye a una amplia gama de giros, como:
- Hoteles y hospedaje
- Estacionamientos públicos (deben garantizar el pago de daños a usuarios en su persona, vehículo o terceros)
- Empresas de construcción
- Establecimientos con aforo considerable (por ejemplo, los que reúnan a más de 100 personas entre clientes y empleados y cuenten con una superficie mayor a 250 metros cuadrados, o en los demás casos que establezca la normatividad)
- Negocios que por la naturaleza de sus actividades puedan causar daños a terceros (tanto en sus personas como en sus bienes).
Incluso, la Ley de Establecimientos Mercantiles establece que, si es necesario para el funcionamiento del establecimiento, se debe tener el original o copia de la póliza de la compañía de seguros con la cual se encuentra asegurado y del seguro de RC.
En el caso del negocio dónde ocurrió el accidente de la explosión, aunque la ley no mencione específicamente “restaurantes de pollos”, la naturaleza de su actividad (venta de alimentos preparados, aforo de personas, operación de equipos de cocina) los encuadra dentro de los establecimientos que, por riesgo o por la necesidad de contar con un Programa Interno de Protección Civil, están obligados a tener un seguro de responsabilidad civil en la Ciudad de México.
Además de la obligatoriedad, es altamente recomendable para cualquier negocio contar con un seguro de RC, ya que protege contra los costos legales y las indemnizaciones en caso de que su actividad cause daños a terceros.
¿Cuál es la mejor forma de asegurar mi negocio, si la autoridad de la CDMX me obliga a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil?
Para asegurar tu negocio, como en el caso de los pollos asados en la CDMX que tuvo la explosión hace algunos días, y cumplir con la obligación del seguro de responsabilidad civil, la mejor forma es contratar un Seguro Empresarial que incluya la cobertura de RC.
Aquí te explico por qué, analizando las ventajas de cada opción:
Seguro de Responsabilidad Civil (RC) | Seguro Empresarial (incluye la cobertura de Responsabilidad Civil) | |
Ventajas | Desventajas | Ventajas |
Cumple la obligación legal: Te permite obtener la póliza de RC que te exigen las autoridades de la CDMX | Cobertura limitada: Solo te protegerá contra los daños que causes a terceros. No cubrirá los daños a tu propio negocio (incendio, robo, equipo dañado, etc.) ni las pérdidas por interrupción de negocio | Cumple la obligación legal y mucho más: Incluye la cobertura de Responsabilidad Civil que necesitas para cumplir con la ley, pero, además, te brinda una protección integral para tu negocio. |
Menor costo inicial: Generalmente, una póliza de RC individual será más económica que un seguro empresarial completo | Fragmentación de seguros: Si más adelante decides asegurar otros aspectos de tu negocio, tendrás que contratar pólizas adicionales por separado, lo que puede ser más complicado de administrar y potencialmente más caro a largo plazo | Protección integral de tu patrimonioDaños a tu propio local: Incendio, explosión, sismo, fenómenos hidrometeorológicos, rotura de cristales, etc.Daños a tus contenidos: Mobiliario, equipo de cocina (hornos, refrigeradores), instalaciones, inventario de pollos y otros alimentos, computadoras, etc.Robo de mercancías o dinero y valores.Pérdida de utilidades por interrupción de negocio: Si un siniestro cubierto te obliga a cerrar temporalmente, esta cobertura te compensa por las ganancias que dejas de percibir y los gastos fijos durante el periodo de inactividad. Esto es CRÍTICO para un restaurante.Responsabilidad Civil de Productos:Fundamental para un restaurante, ya que cubre la intoxicación alimentaria u otros daños causados por los alimentos que vendes.Responsabilidad Civil Arrendatario: Si rentas tu local, protege al dueño del inmueble por daños que tú puedas causar.Otros riesgos específicos de un restaurante: Como daños en estacionamientos, protección de mercancías en refrigeración, etc. |
Eficiencia en la administración: Tienes todas tus coberturas importantes en una sola póliza, con un solo pago y una sola aseguradora. | ||
Posibles ahorros: A menudo, agrupar varias coberturas en un seguro empresarial resulta más económico que contratar pólizas individuales para cada riesgo. | ||
Suficiencia de las Sumas Aseguradas: Tanto para la RC como para las coberturas de daños a tu local y contenidos. | ||
Exclusiones y Deducibles: Revisa cuidadosamente qué no cubre la póliza y cuánto tendrías que pagar en caso de un siniestro. | ||
Asesoría Profesional: Lo más recomendable es acercarte a un agente de seguros especializado en negocios o PYMES. Ellos pueden evaluar los riesgos específicos de tu restaurante de pollos, ayudarte a entender las coberturas y comparar las opciones de diferentes aseguradoras para encontrar la que mejor se adapte a tus necesidades y presupuesto. |
Aunque un seguro de RC individual cumpliría con la obligatoriedad, la mejor estrategia para un restaurante de pollos en la CDMX es invertir en un seguro empresarial completo. No solo cumplirás con la ley, sino que protegerás tu inversión, tu patrimonio y la continuidad de tu negocio ante una variedad mucho más amplia de riesgos.
La ley en la CDMX es clara: si tu negocio causa un daño, tú pagas tengas seguro o no, por eso, NO arriesgues el futuro de tu negocio. Un solo accidente a un tercero puede costarte todo. ¡Asegura tu tranquilidad y la de tu patrimonio!, con un seguro de Responsabilidad Civil o Empresarial.
Este tipo de seguro es primordial que se contraten a través de un agente de seguros, ya que implica hacer una correcta gestión de los riesgos.